Por Eduardo
Anónimo:
El proceso de nacionalización de las riquezas y los recursos
naturales de la Nación, llevado a cabo por el Gobierno Revolucionario en nombre
del pueblo cubano, fue realizado conforme a la Constitución, las leyes vigentes
y el Derecho Internacional, sin discriminaciones, con propósito de beneficio
público; disponiéndose las compensaciones adecuadas, las que fueron acordadas
mediante negociación bilateral con todos los gobiernos involucrados.
La Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados,
aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1974, dispone que “todo Estado
tiene derecho a nacionalizar, expropiar o transferir la propiedad de bienes
extranjeros, en cuyo caso, el Estado que adopte esas medidas deberá pagar una
compensación apropiada, teniendo en cuenta sus leyes y reglamentos aplicables y
todas las circunstancias que el Estado considere pertinente. En cualquier caso
en que la competencia sea motivo de controversia, esta será resuelta conforme a
la ley nacional del Estado que nacionaliza”.